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Pensiones por viudez deben darse a hombres y mujeres

Las pensiones por viudez deben darse en términos iguales
a hombres y mujeres pues de negarse a los varones se estaría cayendo en una
situación de discriminación, así lo determinó la Suprema Corte de Justicia de
la Nación (SCJN).

 

En su sesión de este martes el pleno de ministros revisó
la Ley del Instituto Municipal de Pensiones del Estado de Chihuahua en la que
se establece que el hombre solo podrá gozar de la pensión cuando se encuentre
incapacitado física o mentalmente y que además no pueda trabajar, requisitos
que no son impuestos a las derechohabientes de género femenino.

 

«La distinción establecida en los artículos
impugnados no está fundada en algún criterio objetivo que justifique la
distinción en el trato entre hombres y mujeres, sino que parte de la premisa de
que el viudo o concubinario en principio no deben recibir una pensión por
viudez en función de los roles tradicionales de género y que esta regla solo se
debe romper si acredita que existen condiciones que le impiden acoplarse a
dichos roles”, expuso la ministra Norma Piña.

 

Los ministros del máximo tribunal del país coincidieron
en que con este tipo de legislaciones se pone en desventaja al hombre frente a
la mujer al tiempo que reafirma esquemas de discriminación en razón al género
además de que se fomentan los estereotipos.

 

«Es primero una discriminación de género pero contra
el varón, contra el hombre, sin embargo no es tal, esta discriminación va
también contra la mujer porque repite esta cuestión de roles establecidos. Es
decir, si es el hombre el que fallece, a la viuda se le entrega la pensión sin
mayor requisito, pero si es al revés pareciera ser que el hombre si tiene la
capacidad de seguir trabajando y por lo tanto el no recibiría la pensión y
entonces volvemos a una cuestión de roles”, destacó el ministro Javier Laynez. 

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